Permisos de exámenes retribuídos

Sentencia judicial reconoce que el permiso por exámenes de titulaciones oficiales es retribuido aunque así no conste en el convenio.

La sentencia reconoce el derecho a la retribución de los permisos para asistencia a exámenes oficiales y condena a la empresa al abono de la cantidad no pagada más un interés por demora del 10%. Esta sentencia no admite ningún tipo de recurso.

 

18/09/2010 – En sentencia del Juzgado de lo Social de Salamanca se reconoce que el permiso por exámenes oficiales es retribuido a pesar de no constar así en el convenio colectivo.

 

Desde CGT valoramos como un paso importante en la defensa de los derechos laborales de todos los compañeros y compañeras que están realizando la difícil labor de ampliar o terminar sus estudios a la vez que se mantienen en un puesto de trabajo. Esta sentencia, que condena a la empresa Qualytel Services a pagar las horas de los permisos de una empleada que reclamó valientemente sus derechos, sienta un precedente judicial que puede ser usado por todos los trabajadores y trabajadoras.

 

Cualquier trabajador que haya acudido o se vaya a ver en la necesidad de acudir a un examen oficial debe saber, preavisando a la empresa y presentando a posteriori el correspondiente justificante, que su empresa está en la obligación no solo de darle el permiso, sino de que éste sea retribuido como el resto de su jornada laboral.

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