Seguimos repasando los derechos que tenemos dentro del convenio de consultoría de cara a su próxima negociación. Esta vez vamos a revisar el difícil asunto del salario.
Primero decir que lo que vamos a tratar es la tabla salarial que aparece en el convenio de consultoría. Por supuesto hay gente que cobra por encima de estas tablas, de hecho es relativamente común en nuestro sector, lo que hace que estas tablas no tengan su función principal, regular realmente los salarios. Sí tú eres una de las personas que cobra por encima y crees que esto no te aplica… ya cambiarás de tecnología, te harás “viejo”, o te mudarás a una ciudad más pequeña, es cuestión de tiempo que te toque.
En el último convenio se modificaron las categorías profesionales. Aquí tenemos el primer problema, porque cada categoría no especifica claramente qué funciones desarrolla, creando un conflicto entre los y las trabajadoras contra RRHH para confirmar cuál es la adecuada. Aquí tenéis un ejemplo de la diferencia entre el redactado de la categoría Grupo B Nivel 1 y la categoría Grupo B Nivel 2, palabras tan ambiguas como “poca”, “amplia” o “demuestra”, suponen 800€ anuales de salario.
Los sueldos mínimo anuales de las actuales tablas van desde los 10.879,87€ a los 26.790,31€. Aún no se ha publicado el BOE con la subida del salario mínimo pero podemos suponer que son 950€ en 14 pagas, quedando 13.300€. En número de categorías afectadas son 8 de las 24, dicho de otra manera una de cada tres categorías están por debajo del SMI. Para las categorías más bajas ni el cobro de trienios les supone cobrar por encima del SMI.
Podría pensarse que esto se debe a que los bolcheviques han tomado el gobierno, siendo una circunstancia totalmente inesperada… o no. El salario mínimo para 2018, aún con Rajoy, fue de 10.302,60€ anuales, la categoría más baja del convenio para ese año es de 10.666,54€. Aquí no pasó por muy poco, pero es que el convenio se firmó 4 días antes de la publicación del salario mínimo y se publicó meses después. Casi 10 años de negociación de convenio para esto.
En 2019, el SMI anual fue de 12.600€, lo que supone que ya había 7 categorías de las 24 por debajo.
Y por si os da curiosidad, si la subida hubiera sido a los 1.200€ mensuales, 16.800€ anuales, 11 de las 24 categorías habrían quedado por debajo.
Mención especial tiene un caso similar con las categorías del convenio anterior. Con la subida del SMI de 2017 había categorías por debajo de este importe, aunque claro, tardamos 8 años en llegar a esta situación, para que luego se diga que el nuevo convenio no es un recorte de nuestros derechos. Pero lo verdaderamente sorprendente fue un comunicado de UGT diciendo que estas categorías NO les aplicaba la subida del SMI, cosa a la que tuvimos que responder desde CGT, aquí tenéis el comunicado que sacamos en su día en el que también está el de UGT.