Lo primero, queremos intentar transmitir algo de calma en toda esta situación y ofrecer un poco de información sobre este tema de última hora, pero tenemos que dejar claro que de momento, apenas tenemos información concreta y por tanto hay que tomar esto como un primer alcance pues los cambios se van sucediendo rápidamente.
La legislación laboral no recoge ninguna medida parecida y no hay precedentes claros para saber cómo proceder. Por tanto, a la pregunta de ¿me puedo quedar en casa si no puedo dejar a mis hijos o hijas en el colegio? la respuesta rápida es NO. Eso no quiere decir que tengamos que dejar a los pobres a su aventura. Muchas ya conoceréis el trozo del Estatuto de los Trabajadores del que todo el mundo habla desde ayer, el artículo 37.3 sobre permiso retribuido por "Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal" pero que sepamos, no existe precedentes para utilizar este permiso para este caso. A nosotras nos puede parecer totalmente injusta la situación, pero son otros quienes redactan las leyes y quienes las interpretan.
También está el artículo 34.8, que se ha modificado hace relativamente poco y del que ya hemos hablado, para "solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación". Este sí tiene más apoyo legal para ser utilizado y puede ser una solución muy válida para esta situación. Ya sea con una reducción de jornada por un tiempo concreto o con una adaptación de la hora de entrada y salida del trabajo. Tendría un preaviso, pero dadas las circunstancia parece más que justificada la urgencia.
Por último estarían las excedencias y los permisos sin sueldo, pero para ellas también se requiere de un preaviso y tienen el detalle importante de que NO son remuneradas. Sí podrían adaptarse mejor días de libre disposición o de vacaciones, pero son para cosas mucho más concretas porque no son tantos los días y no sabemos cuánto vamos a estar así.
No es objeto ni del comunicado ni de quien lo escribe simplificar situaciones que pueden ser muy complicadas, pero no es lo mismo dejar solo a una niña de 5 años que a una de 15, como tampoco lo es que pueda quedarse con alguien, a que no haya alternativa posible. Hay que entender que cada circunstancia además tendrá unos matices muy diferentes que harán que cada uno y cada una pueda valorar mejor qué le supone esta medida. Por tanto será cada realidad la que diga qué supone esto. Pero sí recomendamos que de manera inmediata pidas por escrito a tu responsable las medidas que mejor puedan adaptarse a tu caso, ya sea teletrabajo, una adaptación de jornada o algún día de permiso.
Pero no son solo las madres y padres quienes se van a ver afectadas, también puede suceder algo parecido por tus mayores o porque tú mismo te veas afectado. Hay que recordar lo que ya se hacía público hace unos días y es que, cualquier medida de aislamiento o cuarentena por el virus se asemeja a una baja médica y por tanto está protegida y pagada. En cualquier caso para personas de riesgo se pueden tomar las mismas medidas, pues la empresa ha de facilitar la protección de sus trabajadores y trabajadoras en todos los casos, por lo que también podéis solicitar teletrabajo o algún tipo de adaptación de la jornada si lo veis conveniente para vuestra salud.
Y ya que insistimos tanto en el teletrabajo, no hay que olvidar que el artículo 13 del ET deja claro que será siempre la empresa quien ponga los medios para poder realizar el trabajo a distancia.
En cualquier caso desde el gobierno de la Comunidad de Madrid dicen que "Se aconseja a las empresas que se realice teletrabajo y facilitar flexibilidad horaria para la conciliación familiar". Si hay un sector en el que esto es sencillo de implantar es el nuestro, por tanto hay que exigir a las empresas que tomen estas medidas inmediatamente sin titubear un solo minuto.
Y sí, quizás ahora que todo es muy rápido haya cosas que se aturullen, pero que a nadie le quepa duda que si priorizan el beneficio empresarial sobre la salud pública se lo vamos a hacer pagar, tanto a la empresa como al responsable de turno que quiera hacerse el importante.
Dicho de otra manera, si una empresa es capaz de despedir a una persona por no acudir a trabajar o llegar tarde cuando no se le ha ofrecido solución posible a su situación con las medidas que ha tomado el gobierno, nos van a tener en frente.
Mucho ánimo, salud y paciencia.