Este informe ha sido realizado como coordinación de las diferentes secciones sindicales de CGT en el sector de la informática y en el BBVA sobre una encuesta realizada a los trabajadores de los departamentos de sistemas del BBVA que están ubicados en los edificios de Las Tablas I, Las Tablas II, Isla de Chamartín en Madrid y en el centro de Tres Cantos ( Madrid) tanto de la plantilla del BBVA como subcontratados, pertenecientes a Accenture, Atos Origin SAE, Atos Origin CyL, Bull, Composoft, Coritel, Entel, Everis, Fujitsu, Ibermática, Ibermática PSS, Indra Sistemas, Indra Software Labs, Indra PSS, Ingeniotech, Medianet, Mnemo, Neoris, NSIT, Single Consulting, Sogeti, Solutio Outsourcing, SYDMA y Tecnocom.
En el presente informe se analizan los datos de los trabajadores contratados y subcontratados por ser significativamente diferentes de los empleados del BBVA.
Directamente se observa un elevado número de horarios distintos realizados por el conjunto de trabajadores y trabajadoras en BBVA, un total de 61, rayando lo absurdo. Nada más y nada menos que el 82% de los encuestados/as realiza un horario que no coincide con el oficial del centro de trabajo BBVA, que es el que por convenio corresponde a la mayoría de los trabajadores subcontratados.
En el caso concreto de trabajadores/as adscritos al convenio de consultoría, el más extendido, que en su Art. 20 Jornada Laboral punto 6 dice:
6. Todo trabajador desplazado a otra empresa por razón de servicio, se atendrá al horario del centro de trabajo de destino, si bien en cuanto al cómputo de las horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en su empresa de origen.
Por tanto el número de trabajadores que no cumple con lo indicado en dicho artículo, el 82 %, es especialmente elevado. Esto se debe a dos circunstancias fundamentales, los/as trabajadores/as desconocen realmente cual es el horario que deben realizar pues son pocos aquellos que conocen que se les ha modificado la jornada laboral y los horarios se imponen desde el banco a las empresas de servicios quienes imponen a los trabajadores/as cumplir dichos horarios, dependiendo así de cada departamento la realización de uno u otro horario.
En lo relativo al número de horas semanales realizadas destacan tres grupos de trabajadores por tramo horario,
1. el 31% que cumple la jornada de 40 horas semanales
2. el 24% que realiza entre 41 y 43 horas semanales
3. el 30% que realiza entre 44 y 45 horas semanales
Hay que tener en cuenta que en algunas empresas el computo de horas semanales es superior a 40 horas compensando el exceso de horas con mas días de vacaciones anuales para no sobrepasar el total de horas anuales por convenio, por lo que parte del grueso de trabajadores y trabajadoras que se encuentran entre el 24% que hace de 41 a 43 horas estarían cumpliendo con el número de horas semanales a realizar pero en cambio resalta que hay un 30% de trabajadores que realizan horas extra semanalmente, algo no solo prohibido por el Estatuto de los Trabajadores por su realización sino también porque dichos trabajadores estarán superando el límite permitido de 80 horas extras anuales. Por ejemplo si consideramos a un trabajador que realiza 44 horas semanales, esto implica que realiza un exceso de unas 16 horas al mes por lo que al cabo de 6 meses realiza unas 96 horas de más. Tan solo un 19% identifica haber realizado mas de 80 horas aunque el porcentaje es elevado, un 70%, al identificar que si ha ampliado la jornada de los cuales el 69% de quienes lo reconocen dicen no haber recibido compensación lo que contrasta con el 27% de encuestados que dicen no haber recibido presiones.
Otra cuestión es si es correcto que esa diferencia de horas las deberian realizar en el centro de trabajo del cliente o debiesen completarlas en las oficinas de sus propias empresas en cuyo caso el tiempo de desplazamiento computa como tiempo de trabajo efectivo.
Lo que desde luego se evidencia es que un 40% de trabajadores y trabajadoras realiza jornadas semanales de más de 43 horas lo que contrasta con la percepción de los trabajadores/as sobre la ampliación de jornada pues son pocos quienes interpretan estar realizando una ampliación de jornada. También es más que destacable que un 6% realiza de 46 a 60 horas semanales.
Las ampliaciones de jornada y las horas extra son un gran fraude a los trabajadores y la sociedad en general ya que además de ser un importante factor de explotación lo es también de destrucción de empleo.
Debemos prestar atención a los porcentajes de trabajadores en grupos mixtos (trabajadores de plantilla de BBVA y subcontratados) un 83%, así como en los grupos de trabajadores que llevan varios años trabajando en BBVA, un 20% lleva mas de cinco años, en muchos casos con mayor antigüedad que muchos trabajadores de plantilla del BBVA del mismo departamento. Estos datos nos indican un elevadísimo dato de posible fraude por cesión ilegal de trabajadores.
Por tanto se puede concluir que los trabajadores y trabajadoras tienen un elevado desconocimiento de sus derechos y obligaciones y que tanto la empresa matriz como las empresas de servicios explotan ese mismo desconocimiento para imponer unas condiciones de trabajo claramente abusivas utilizando la amenaza y la extorsión con un bajo porcentaje de trabajadoras y trabajadores que quieran hacer valer sus derechos.