Así negoció CCOO la acumulación de lactancia en el convenio TIC

En plena negociación del XVII Convenio de consultoras, nos gustaría explicaros cómo en la negociación del anterior, CCOO, único firmante de ese convenio, permitió reducir el tiempo de disfrute de un derecho existente, sin informar, sin explicarlo en ningún comunicado. Debemos conocer la historia para que no se repita, para que no la repitan.

trileros

En el Estatuto de los Trabajadores, artículo 37.4, está regulado un permiso retribuido de una hora diaria con el fin de que se pueda realizar la lactancia del bebé desde el fin de la baja de maternidad y hasta que cumpla los 9 meses.  Ese mismo artículo remite a la negociación colectiva (que esté en un convenio o acuerdo de empresa) la posibilidad de acumularlo en jornadas completas.

¿Y de cuántas horas de permiso estamos hablando? 

La baja de maternidad son 16 semanas, es decir, 112 días. Hasta los 9 meses del bebé (calculando por el margen bajo de meses de 30 días), faltan 158 días de los cuales 44 son sábado o domingo. Por tanto, hay 114 días laborables hasta los 9 meses del bebé. 

Si restamos los días de festivo intersemanal que pueda haber en ese lapso, supongamos 2, nos quedamos con un total de 112 días laborables, es decir, 112 horas de disfrute de permiso retribuido, siempre con un criterio conservador.

¿Cómo se redujo ese tiempo mediante la acumulación de jornada en el convenio TIC?

En lugar de indicar en el redactado asépticamente ‘la acumulación en jornadas completas del periodo de disfrute que corresponda”, tal como ratifican sentencias recientes de TSJ de Navarra o Catalunya, nos encontramos que se permitió que el artículo 40 de nuestro convenio dijera esto:

“La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad, o, con carácter alternativo, sustituirse, a voluntad de la trabajadora, por un permiso retribuido de 15 días naturales a continuación del descanso de maternidad, preavisando con al menos 15 días naturales.”

Y 15 días naturales acumulados supone, en realidad, 11 días laborables. Es decir, 11 * 8= 88 horas de permiso real. Se han “caído” un mínimo de 24 horas retribuidas para las trabajadoras. Es decir, el permiso retribuido que genera un mes de trabajo.

Y eso siempre que en esos “15 días naturales” no caiga un festivo intersemanal (8 horas menos) o sea en un mes con jornada intensiva (11 horas menos). 

La patronal ¡contentísima de firmar un ahorro mínimo de 3 días de salario por embarazo! y así donde en el Estatuto de los Trabajadores se incluía una posibilidad de simple acumulación, nos hemos comido una reducción real con el viejo truco del trilero, dónde está la bolita.

Pero, ¿fue transparente CCOO explicando que se había producido dicho recorte en el tiempo total del permiso? Es una pregunta retórica porque, para variar, no lo hicieron.

Y ahora nos encontramos en la “negociación” de un nuevo convenio en contexto de paz social, ante una patronal que no acepta nada que no sea un intercambio de cromos en el que ellos siempre se queden un poquito más. 

Vamos a citarles a esos hábiles negociadores de la venda en los ojos a una persona que fundó ese mismo sindicato, pues parece que no lo tienen nada presente “No se puede conseguir en la mesa de negociación lo que antes no se ha conquistado con la movilización”.