Tribunal supremo confirma la ilegalidad congelaciones salariales en la informática

Todo trabajador informático lo ha vivido en sus carnes: se asciende de categoría o se gana un nuevo trieno pero el salario se mantiene inamovible, y lo mismo ocurre con las actualizaciones con el IPC. Los incrementos en salario base o antigüedad son devorados por el ‘complemento personal convenido’, que se reduce en la misma cuantía y lleva a una congelación salarial que se prolonga durante años.
 
Pues bien, esa práctica es ilegal. Así lo ha declarado la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en una sentencia firme y que unifica doctrina, y que pone fin al proceso iniciado por unos trabajadores de AtoS reclamando las cantidades que se les han ido restando del complemento personal convenido.
 
Esta sentencia abre una vía para que miles de trabajadores, aquellos bajo el Convenio de Empresas de Consultoría (el que rige a las empresas del sector informático), puedan reclamar a sus empresas por la congelación salarial que venían sufriendo por esta práctica.
 
¿Cómo funciona?
 
Julián entró a trabajar en La CharcuTICria hace casi 3 años con categoría de programador. En su nómina aparecen los siguientes conceptos:

  • Salario base: 1.103,04 €
  • Plus convenio: 77,80 €
  • Complemento personal: 96,96 €
  • Total (bruto): 1.200,00 €

Al cumplir el tercer año y según el convenio le corresponde un trienio de 55,15 €. Julián recibe su nómina con el flamante trienio y ve:

  • Salario base: 1.103,04 €
  • Antigüedad: 55,15 €
  • Plus convenio: 77,80 €
  • Complemento personal: 41,81 €
  • Total (bruto): 1.200,00 €

Y el total, que es lo que en realidad le importa a Julián porque es de lo que va a comer, ni se mueve.
 
Otro ejemplo. María lleva de programadora desde que entró en Exprimitel, aunque hace ya años que asume tareas de analista sin que el salario se haya movido lo más mínimo en todo el tiempo. Su jefe no quiere subirle el sueldo, pero como María ya está un poco quemada le sube la categoría a Analista Programador.
Para la mayoría de jefes las categorías profesionales son poco más que títulos honoríficos, el equivalente formal de la palmadita en la espalda, y piensa que así tendrá a María contenta un poco más de tiempo y le saldrá gratis.
La nómina de María sufre la siguiente mutación:

  • Salario base: 1.103,04 €
  • Antigüedad: 165,46 €
  • Plus convenio: 77,80 €
  • Complemento personal: 531,50 €
  • Total (bruto): 1.800,00 €

a

  • Salario base: 1.539,69 €
  • Antigüedad: 230,95 €
  • Plus convenio: 102,72 €
  • Complemento personal: 29,36 €
  • Total (bruto): 1.800,00 €

Por último Dani, trabajador de BND Informáticos era analista orgánico y tenía un trienio en abril de 2009, cuando se publicó el XVI Convenio de empresas Consultoras. Con la publicación del convenio se actualizaron las tablas salariales, que eran todavía las de 2.006.
La nómina de Dani sufrió entonces la siguiente mutación:

  • Salario base: 1.447,52 €
  • Antigüedad: 72,38 €
  • Plus convenio: 101,22 €
  • Complemento personal: 780,10 €
  • Total (bruto): 2.300,00 €

a

  • Salario base: 1.569,25 €
  • Antigüedad: 78,45 €
  • Plus convenio: 109,73 €
  • Complemento personal: 652,55 €
  • Total (bruto): 2.300,00 €
     

Pues bien, estas absorciones son ilegales, a Julián le han birlado 55,15 €, a María 502,15 € y a Dani 127,55 € al mes. Que son respectivamente 772,13 €, 7.030,07 € y 1.785,70 € al año
 
¿Qué cantidades se pueden reclamar?

Como los derechos prescriben si no se ejercen no se pueden reclamar todas las cantidades que se han dejado de percibir desde el inicio del contrato, pero sí se puede reclamar la restitución en el complemento personal de todas las cantidades absorbidas ilegalmente.
 
No se entiende, ¿verdad? Mejor con un ejemplo. Imaginemos que María lleva 10 años en su empresa, que entró como programadora senior y que siempre ha tenido el mismo salario (los 1.800,00 € / mes que decíamos antes). Por el camino ha acumulado ya tres trienios, un ascenso a analista programadora cuando cumplió 5 años en la empresa, y las actualizaciones de tablas de los últimos 10 años.
 
En la práctica todas estas absorciones acumuladas pueden rondar los 15.000 € / año en subidas salariales que su empresa le ha negado recurriendo a esta práctica ilícita. Por culpa de haberle sido escamoteados María ha dejado de cobrar unos, digamos, 55.000 €.
 
Pues bien, María podrá reclamar que esas cantidades absorbidas ilegalmente se le restituyan en su salario, aunque de algunas absorciones hayan pasado ya 10 años (ó 15, ó 20, ó …). Lo que no va a poder reclamar son la totalidad de los 55.000 € dejados de cobrar, sino sólo la dejada de cobrar en el último año antes de la presentación de la demanda, que justamente serán esos 15.000 € (15.000 € / año X 1 año = 15.000 €), y la dejada de cobrar también durante todo el tiempo que dure el proceso judicial.
 
Una vez se resuelva favorablemente la demanda María conseguirá, con los números del ejemplo, y contando que el proceso dure, digamos, 2 años:
    •    Un aumento de 15.000 € anuales en su salario, y además
45.000 € en efectivo (los atrasos de ese aumento desde un año atrás de la presentación de la demanda)

 
¿Cómo calculo qué cantidades son las mías?
Es bastante fácil si dispones de las nóminas. Sólo tienes que coger todas las nóminas y observa el importe del complemento personal convenido: cada vez que veas que ese importe disminuye por causa de una compensación y absorción, anota en qué cantidad disminuye.

¡OJO! El importe de ese concepto puede disminuir por otros motivos, como por ejemplo una baja por IT o una reducción de jornada. En esos casos no se trata de una compensación/absorción y no debes contarla. Si ves que puede coincidir una absorción con una reducción por otro motivo y te resulta difícil calcular la cantidad absorbida no te cortes y pide ayuda.

Una vez que tengas todas las absorciones anotadas, súmalas. ¡WOW! No te esperabas que fuera tanto, ¿verdad? Esa es la diferencia entre el que ahora es tu salario y el que debería ser, ya tienes calculado lo primero que vas a demandar (la restitución de tu complemento con el consiguiente aumento salarial).
Lo siguiente, calcula cuánto vas a reclamar como cantidad no pagada por la empresa. Si no has tenido ninguna absorción en el último año es muy fácil: multiplica la cantidad anterior por 14 (asumiendo 14 pagas anuales) y la tendrás. Si en el último año sí tuviste alguna absorción tendrás que hacer el cálculo mes a mes, contando en cada uno la cantidad absorbida ilícitamente hasta la fecha.
¿Y ahora qué?
 
"Buff, ¿y tengo que poner yo la demanda? ¿no lo pueden hacer los sindicatos?" Pues no. A todos nos gusta que los problemas nos los solucionen otros, pero una reclamación de cantidades sólo la puede hacer el interesado.
 
Te recomendaríamos, eso sí, que lo hicieráis varios compañeros de forma conjunta. Como cuando uno empieza una dieta siempre es más agradecido hacerlo con amigos y compañeros, que se hace más ameno. Si no puede ser tampoco hay problema en hacerlo en solitario, y recuerda que no puede haber ningún tipo de represalias pues te ampara el derecho de indemnidad.
 
Recientemente algunos “sindicalistos” han promovido conflictos colectivos en sus empresas pero eso es un problema más que una solución. En el mejor de los casos cuando el conflicto se gane sólo servirá para confirmar que la absorción es ilegal, pero la reclamación habrá que hacerla posteriormente en demanda individual. Y esto ya lo tenemos con la sentencia del Tribunal Supremo, que sienta doctrina, con lo que EN EL MEJOR DE LOS CASOS no sirve para nada.
 
Pero puede ser peor. Para empezar, y pase lo que pase, todas las demandas que se presenten quedarán paralizadas hasta que se resuelva el Conflicto.
 
Por otro lado la patronal ya ha contactado con CCOO para cambiar el convenio para que sean lícitas algunas de las absorciones y compensaciones aquí descritas, así que sería conveniente que la demanda la hicieras cuanto antes mejor.
 
Así que si estás interesado lo mejor es que ni te líes, ni te compliques, ni metas a terceros. Desde aquí te recomendamos que contactes con nosotros en info@cgtinformatica.org, si quieres te echamos una mano para organizar todo el tema (en particular si queréis intentarlo en grupo) y te ponemos en contacto con el bufete de abogados que ha llevado estas demandas, y a reclamar lo que es tuyo, que no es poco.
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